Primer Período 2021-2022 /1



CONVOCATORIA BECAS CGV JUNIO – JULIO PERÍODO 2021 – 2022 / 1

El Consejo de Administración de CGV, emite la siguiente convocatoria a todos los socios, para la validación correspondiente al Primer Período 2021-2022 /1 sujetándose a las siguientes bases de participación:

Los Ahorradores Menores y Socios interesados en solicitar su BECA CGV para el Período 2021-2022 /1 deberán tramitar su solicitud en la sucursal de CGV donde abrió su cuenta. (Del lunes 7 de junio al sábado 31 de julio de 2021)

Los resultados podrán consultarse en la sucursal donde se tramitó la BECA CGV a partir del día lunes 23 de agosto de 2021.

Los niveles escolares participantes que a continuación se indican, deberán presentar la boleta de calificaciones del ciclo escolar correspondiente al período de la BECA.

  1. Primaria (a partir de 2o grado)
  2. Secundaria
  3. Bachillerato o Preparatoria
  4. Carrera Técnica
  5. Licenciatura
  6. Maestría
  7. Posgrado

Los requisitos para solicitar la BECA CGV son:

  1. Tener como mínimo un año de antigüedad como socio o Ahorrador Menor; en el caso del Ahorrador Menor la solicitud deberá presentarla el Tutor, el cual deberá ser socio de CGV.
  2. El Socio o Tutor del Ahorrador Menor, deberá revisar y firmar de conformidad los datos requeridos por el Asesor de CGV en el formato de inscripción.
  3. Es indispensable que los Tutores y/o Socios becados, no tengan mensualidades vencidas en sus préstamos o encontrarse en proceso de cobro legal; así como no tener firmas activas con atraso. (El Préstamo Vía Nómina también aplica).
  4. Deberá exhibirse en original y copia la boleta, tira de materias, o bien una constancia oficial de las calificaciones del ciclo escolar correspondiente a la convocatoria (año, semestre o cuatrimestre), con sello original y firma del Director de la Institución, así como copia de identificación oficial vigente del Tutor o en su caso, del Socio
  5. El promedio mínimo necesario para el trámite de solicitud de la BECA CGV deberá de ser de 9.0 para cualquier nivel escolar, sin materias reprobadas o no acreditadas.
  6. El Ahorrador Menor o el Socio deberá contar con un depósito en la cuenta Ahorro Beca por un monto de $750.00 (Setecientos Cincuenta Pesos 00/100 M.N.), al momento de solicitar la BECA a CGV, mismo que no podrá ser retirado hasta que finalice el proceso y entrega de la BECA CGV.

IMPORTANTE:

  1. o Las solicitudes registradas al cierre del período estarán sujetas a la revisión y aprobación de la Comisión de Educación.
  2. El ingreso de los documentos no garantiza el otorgamiento de la BECA CGV.
  3. Los promedios mínimos de calificaciones son de CARÁCTER ESTRICTO, sin excepción alguna.
  4. No se otorgará más de una BECA CGV por familia (padres e hijos), o bien hermanos, aun cuando tengan distinto Tutor.
  5. Una vez autorizada la BECA CGV, el Socio o Tutor del Menor Ahorrador, deberá conservar las condiciones del inciso “c” y “f” de la presente convocatoria; de lo contrario, perderá el derecho de la misma.
  6. Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán dictaminados y resueltos por la Comisión de Educación.
  7. Una vez plasmada la firma autógrafa en la solicitud, el Socio o Tutor del Ahorrador Menor estará aceptando que la información capturada en su solicitud es CORRECTA.
  8. En la Sucursal dónde sea tramitada la solicitud de BECA, en caso de ser acreedor al beneficio, se entregará la tarjeta electrónica de regalo.
  9. No serán sujetos de la BECA CGV los Ahorradores Menores que estén por iniciar el primer año de primaria.
  10. Si el importe total de las solicitudes que hayan obtenido la validación, excede el monto total autorizado para el ejercicio, corresponderá a la Comisión de Educación la asignación del beneficio de las BECAS CGV a los Socios o Ahorradores Menores que registren los promedios de calificación más altos, hasta agotar el recurso disponible designado por CGV para este beneficio.

ATENTAMENTE
COMISIÓN DE EDUCACIÓN